Pasar al contenido principal

Puertas y portones

Puertas y portones

Las puertas y portones son elementos constructivos ampliamente empleados para el acceso a todo tipo de industrias y locales independientemente de la actividad en ellos desarrollada. Su funcionamiento (apertura y cierre) puede ser manual o motorizado, ya sea mediante pulsador o mando a distancia, con presencia del operador o de funcionamiento automático. 

Sus condiciones constructivas, de instalación y mantenimiento influirán directamente en las condiciones de seguridad y utilización, pero la realidad es que, de forma generalizada, no se presta atención a su estado pudiendo generar este hecho situaciones de riesgo grave para los trabajadores.

Entre todas ellas, las más comunes suelen ser:

  • En puertas correderas horizontales la caída de la hoja sobre la persona y su atrapamiento al salirse esta de sus guías durante las operaciones de apertura o cierre.
  • En portones basculantes verticales el desplome de la hoja sobre la persona mientras permanece o transita bajo la vertical de la puerta por fallo de sus elementos de suspensión. 

 

Medidas preventivas

Las puertas y portones motorizados deberán funcionar sin riesgo para los trabajadores/as.

Se deben incluir en la evaluación de riesgos de la empresa, de forma específica, las puertas y portones existentes en el centro de trabajo, evaluando los riesgos asociados a su utilización y estableciendo las medidas preventivas oportunas para eliminar o reducir los mismos.

Las puertas y portones correderos deberán ir provistos de un sistema de seguridad que les impida salirse de los carriles y caer. Las puertas y portones de apertura vertical estarán dotados de un sistema de seguridad que impida su caída (los sistemas de bloqueo o de seguro manual instalados en portones plegables basculantes de apertura manual, en ningún caso pueden considerarse sistemas anticaídas).

Las puertas y portones motorizados tienen la consideración de máquinas estando por tanto sometidos a las disposiciones europeas y nacionales en esta materia. Las puertas motorizadas comercializadas en España deben llevar marcado CE, «Declaración CE/UE de conformidad», manual de instrucciones en castellano y declaración de prestaciones.

En puertas y portones motorizados hay que instalar dispositivos de protección (bandas anti aplastamiento, células fotoeléctricas, suelo sensible) que provoquen la detención del movimiento de la puerta al detectar una persona u obstáculo.

Existe la obligación de realizar un mantenimiento periódico conforme al manual de instrucciones del fabricante o al manual de uso, o bien de acuerdo con la norma UNE 85635:2012.